Política

Aprobado el Calendario Fiscal para el 2016

El Gobierno Municipal ha aprobado el calendario fiscal de impuestos municipales para el año 2016 en el dia de ayer. Cómo en años anteriores, el mencionado calendario expone el plazo voluntario de pago de los distintos impuestos que recauda el consistorio.

A continuación se detallan los plazos expuestos para los diversos impuestos:

  • Tasa por entrada de Vehículos/Carruajes (Vados): Del 22 de febrero al 25 de abril.
  • Tasa por Recogida y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos: 22 de febrero al 25 de abril.
  • Tasa de Ocupación de Vía Pública (Mercadillo): Del 22 de febrero al 25 de abril.
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles – Urbana: Del 29 de abril al 1 de julio de 2016.
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles – Rústica: Del 15 de septiembre al 16 de noviembre.
  • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica: Del 15 de septiembre al 16 de noviembre.
  • Impuesto sobre Actividades Económicas: Del 15 de septiembre al 16 de noviembre.

·Cambios con respecto a 2015·

El calendario fiscal vigente este año fue aprobado en Junta de Gobierno Local el pasado 10 de diciembre de 2014 por el anterior Gobierno Municipal. En lo que refiere al IBI de fincas urbanas y rústicas el plazo del pago voluntario de las primeras se adelanta con respecto a este año 2015 (15 de julio al 15 de octubre de 2015), mientras que para las segundas el periodo se mantiene en las mismas fechas.

Otros impuestos que adelantan su periodo de pago voluntario con respecto a este ejercicios son la Tasa de Ocupación de Vía Pública, la Tasa de Recogida y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos y la Tasa por entrada de Vehículos/Carruajes (Vados), todas fueron fijadas entre los días 28 de abril al 30 de junio de este mismo año.

En el caso del Impuesto sobre Actividades Económicas no existe cambio alguno. Mantiene el mismo plazo aún vigente para este año para los días 15 de septiembre al 16 de noviembre. Mientras que el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica se atrasa en relación a este año 2015 cuando se estableció para el periodo entre el 25 de febrero  y el 27 de abril.

·Beneficios fiscales y modalidades de pago·

Existen diversas modalides de pago con distintas ventajas cada una, además, el pago de los tributos fuera del plazo voluntario tiene recargo:

  • Domiciliación bancaria: Los recibos domiciliados tendrán una bonificación del 2,5% y el cargo en cuenta de los recibos domiciliados se producirá quince días después del inicio del periodo voluntario.
  • Sistema Especail de Pagos (SEP): consiste la unificación de todos los impuestos de padrón que un vecino deba pagar al Ayuntamiento y su posterior fraccionamientos en 2, 3 o 4 plazos repartidos a lo largo del año natural, con una rebaja del 1% de la cantidad total a pagar y sin pago de intereses.
  • Pago Anticipado: Con esta modalidad de pago el Ayuntamiento pasará al cobro todos los impuestos municipales de padrón al contribuyente en el mes de febrero y premiará este esfuerzo rebajando en un 5% la cuota total.

Los beneficios fiscales mencionados para cada modalida de pago deberán solicitarse el año anterior al que se vayan a disfrutar, siendo esta solicitud renovable con cada ejercicio fiscal sin trámite posterior alguno. Además se mantendrán las bonificaciones que las leyes y ordenanzas fiscales establezcan para los casos particulares.

Los Servicios Municipales han querido recordar a los vecinos del muncipio que “cualquier deuda tributaria que se mantenga con el Ayuntamiento de Pinto puede fraccionarse o aplazarse hasta en 12 meses, siempre que se cumplan los requisitos y posibles incrementos que marcan las leyes y las ordenanzas”.

Javier Alcocer

Javier Alcocer

Una voz más entre el mundo, la realidad y ahora también, las redes. Estudiante de Economía-Periodismo en la URJC.

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